Para los argentinos que salen del país este verano
Subrayemos la idea de que te estás yendo de viaje, no de excursión de ventas. Por ejemplo, no podés llevarte 300 camisetas de fútbol para vender en la final de la Champions. Mejor dicho, si lo haces si te agarran estás al horno. Lo que se lleva es lo que vas a usar o regalar en tu viaje y que no salga de lo normal para estos casos.
Por CPN Despachante Diego Dumont
Si pensás llevar afuera la cámara de fotos, la Tablet o la notebook, u otro objeto con “made in extranjero”, te conviene declararlo antes de abandonar la frontera o el puerto o aeropuerto. Acércate al puesto de Aduana y llena el Formulario OM 121/A o si querés podes hacerlo en tu casa por internet antes de armar las valijas.
¿Y con el dinero?
Como dicen las abuelas, hay gente mandada. Recuerdo haber leído noticias de gente que viajaba con efectivo a participar de un remate o comprar un inmueble de lo más “pancha por la vida”. Me alegra pensar que si algún día juntas lo suficiente y se te ocurre algo así no vas a sucumbir a esa locura. Solamente podés sacar en total, contando hasta la última moneda extranjera que lleves, un máximo de U$S 10.000 o el equivalente en cualquier divisa o cheques de viajero (RG 2705/09). En pesos argentinos no hay límite (¿obvio?), pero decláralos si superan el equivalente de U$S 10.000 (hoy, formulario 2250). Tené en cuenta que si tenés más te pueden sacar todo y aplicar una multa después. Hay países en los que te sacan el excedente de lo permitido y te aplican además una multa sobre el mismo, de por ejemplo un 40%. Además, el tema puede derivar en un problemón con AFIP si el número no cuadra con tu situación fiscal.
Las mascotas
Desde la óptica de la Aduana, una mascota es una mercadería, al igual que una campera, unas zapatillas o unos lentes. Pero si estás pensando en llevarte a “Roco”, hacele un permiso en SENASA, que demuestre en destino que tu bicho mueve la cola porque está sano y contento y no porque tiene pulgas o sarna.
Pegás la vuelta
Lo que podés traer es lo que te llevaste al salir del país (exhibiendo el Formulario 121, si corresponde), libros y publicaciones en una cantidad razonable, y bienes nuevos para uso o consumo personal y que no hagan presumir finalidad comercial. Entonces, por ejemplo, no podés traerte dos valijas con ropa nueva para vender por Facebook, o seis Playstation para revolear en vendotodo.com. Puede ser que lo traigas y pase de largo, pero te expones al decomiso de todo y multa. Además, recientemente se agiornó la reglamentación a tiempos actuales, permitiendo que se pueda traer sin declarar un teléfono celular y una notebook (o tablet) por pasajero –RG 4331/18-.
Compraste cosas
Supongamos que te traes una cámara de fotos con comprobante por U$S 100 (que Aduana considera real). ¿pagas impuestas? No, porque Aduana tiene en cuenta una Franquicia para artículos nuevos que es de U$S 500 cuando entras al país por un puerto o aeropuerto, y U$S 300 cuando lo haces por tierra (RG 4331/18). Estos montos deben ser confirmados por decisión MERCOSUR antes del 8 de abril de 2019.
Ahora, supongamos que viajaste sólo y llegas al Aeropuerto de Ezeiza con una Play Station 4 y una impresora y te pasas de la franquicia. En este caso cuando la Aduana te consulta si tenés algo por declarar la respuesta debería ser “Sí”. Presentas una factura por un valor de U$S 700 (que Aduana considera real). ¿Vas a pagar impuestos? Sí. Un “tributo único”, a una alícuota del 50%, pero no pagas U$S 350. Vas a pagar 700 – 500= 200 (base imponible) x 50%= U$S 100 de impuesto, que se convierten a pesos a tipo de cambio oficial. Si hubieras ingresado por frontera terrestre correspondería pagar U$S 200 (700-300=400×50%).
Además, si volviste y te olvidaste de los bombones para tu novia y los comprás en el free shop (tienda “libre de impuestos”) tenés una nueva franquicia (no acumulable con la otra) de U$S 500 -RG 4181/18-. No vas a pagar impuestos por los bombones, pero vos sabés…lo que no es impuesto el vendedor lo suele “inflar” como ganancia en estos lugares. Trata de acordarte antes de los bombones.
Las franquicias son por persona. Si te vas con chicos, también tienen franquicia, pero las de ellos bajan a la mitad (salvo mayores de 16 o menores emancipados).
¿Qué pasa con el dinero?
No hay límites para traer dinero, pero arriba de U$S 10.000 o su equivalente hay que declararlo en el Formulario OM 2249 (RG 2704/09). Igualmente, no te olvides que el mundo es redondo. Hay que tener en cuenta las normas del país de origen. Por ejemplo, hace algún tiempo salió en los medios el disgusto que tuvo Claudia Villafanie, ex mujer de Diego Maradona, por haber sido demorado su avión en el aeropuerto de Miami a raíz de que una familia en conjunto superaba los U$S 10.000. Esto es importante: averigua si es necesario las reglas de los países que visitas. En Argentina el dinero que traen las personas de una misma familia no es acumulable.
Tax free shopping
El turismo extranjero que ingresa se considera una exportación de servicios en las cuentas nacionales, y el turismo argentino en el exterior se considera una importación de servicios, con la consecuente salida de divisas.
La devolución de IVA al turismo no es un invento argentino, sino que es una práctica de uso internacional que persigue como fin el incentivo del turismo extranjero, no exportándole impuestos al viajero, para así lograr mayor flujo de divisas al país. La empresa prestadora con presencia más antigua en Argentina (desde los ´90) se llama Global Blue (se fundó en Suiza en 1980).
A continuación, les cuento cómo funciona el trámite desde la óptica del turista extranjero que visita el país, pero es el mismo razonamiento para el turista argentino que visita el exterior.
1. Local Adherido:
El turista se presenta en un local comercial adherido. Para formar parte del sistema, los locales deben comunicarse con el prestador y este les remite un formulario de adhesión automática (el local paga al prestador una cuota anual). La empresa prestadora envía al negocio adherente todos los stickers y folletería para la identificación del negocio, formularios de rigor y “cheques de reintegro”.
2. El turista compra
Para realizar la compra se debe portar el pasaporte. La compra debe ser de un bien nacional (no importado) y superar el importe que en cada país se fija por norma (por ejemplo, en Argentina es de $70 al día de hoy). Por supuesto el bien debe estar alcanzado por IVA (hay bienes exentos, como por ejemplo el “pan común”).
3. El comerciante entrega “cheque de reintegro” y factura
4. Sellado Aduana
Cuando el turista está por egresar, se presenta en la oficina de Aduana presente en los aeropuertos o fronteras con los bienes adquiridos, factura y formulario “cheque de reintegro”. Aduana procede a controlar el valor y el cumplimiento del requisito de origen nacional y procede al sellado.
5. Reembolso en prestador.
El turista se presenta luego con el formulario “cheque de reintegro” en la oficina del prestador y este procede al reembolso. La forma de este reembolso puede variar desde el efectivo, pasando por la entrega de cheque bancario para presentar cobrar en destino, hasta la devolución en tarjeta de crédito (que demora más, unos cuatro o cinco meses a veces). A pesar de la demora, al turista le conviene que le devuelvan el dinero en su tarjeta de crédito o cheque, porque accede al cambio oficial, que es mucho más conveniente del que se suele ofrecer si cambian moneda local en los puntos de egreso del país. El monto devuelto no es exactamente el IVA pagado, pues la diferencia es la ganancia del prestador. Algunos prestadores ofrecen en su web la posibilidad de calcular el importe que sería devuelto según el importe de la compra en los diferentes destinos (“Refund calculator”).
Algunas empresas
No obstante, a que Global Blue es la empresa más famosa del rubro, existen muchas otras, que pueden variar de país en país, porque cada país autoriza a una o más empresas a operar este servicio, fija el monto de compra mínima para acceder a la devolución del impuesto y los bienes y servicios alcanzados. Conviene averiguar antes de viajar o cuando uno llega a un destino, qué empresas disponibles hay, qué compras están beneficiadas y cuál es el monto mínimo requerido (por ejemplo, en España es alrededor de 90 euros, en Italia aproximadamente 150 euros, en Uruguay 500 pesos uruguayos, etc). Hay países que a la fecha no tienen el régimen vigente (por ejemplo, Brasil). Hablando de Uruguay, es un país que además del servicio de devolución, tiene un mecanismo por el cual directamente no aplica el IVA al turista extranjero cuando esta paga con tarjeta de débito o crédito los servicios de hotelería, gastronomía, alquiler de autos, etc. Las compras de alimentos y bebidas no están beneficiadas bajo ninguno de los dos sistemas.