Opinión
Compra de propiedades y créditos UVA
Los créditos hipotecarios UVA vuelven a ser una opción en Argentina, ajustándose por inflación y permitiendo acceder a propiedades con financiamiento a largo plazo.
En todo el mundo, generalmente las propiedades se compran con un crédito hipotecario, pero en los últimos años, esta posibilidad no existía en Argentina.
En la actualidad, los bancos han retomado la oferta de créditos hipotecarios con la modalidad UVA, es decir que se ajustan por inflación, única manera de que exista un contrato equilibrado entre el que aporta el dinero y el tomador del crédito, pero
he escuchado diversas opiniones, casi siempre negativas, opinión que no comparto en absoluto. Por ejemplo, un tomador del crédito decía que, luego de haber pagado más de un año de cuota, su deuda había aumentado: ¿Cómo no iba a aumentar la deuda en un momento donde la inflación mensual superaba la parte del importe que abonaba? No olvidemos que a nuestra moneda (Pesos), ya le quitamos trece ceros y ahora deberemos quitarle tres ceros más para tener cierta paridad con el dólar.
Ocurre que, cuando pensamos en la compra de una propiedad, estamos hablando de contraer una deuda que pagaremos durante 10, 20 o 30 años. El problema que se nos puede presentar, no está relacionado con la actualización por inflación de la cuota, sino por los cambios que puedan ocurrir en nuestra vida durante ése largo tiempo.
Lo normal es que, la persona o grupo familiar que solicita el crédito, por mayor antigüedad en su trabajo o por ascensos, mejore sus ingresos en relación al momento en el que pidió el crédito y en ese supuesto, la cuota que deberá afrontar mes a mes, iría disminuyendo en relación a sus ingresos.
Pero esto no es siempre así: Puede haber disminución en el salario y hasta pérdida de trabajo, que complican la situación, por lo que los bancos solicitan algunas normas para que, en casos no deseados, se puedan afrontar situaciones no ideales que son aproximadamente las siguientes:
No otorgan la totalidad del dinero para la compra, sino solo el 75%: De ésta forma se asegura de que el Tomador, tuvo capacidad de ahorro anterior o algún familiar que lo ayuda.
Establecen que la cuota mensual que deba abonar, no sobrepase el 25 % de los ingresos; Es decir que, ante un cambio negativo en los ingresos, deberá realizar un ajuste en los gastos, pero no será imposible el cumplir con el pago.
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Hasta aquí no hablamos de ajuste por inflación y ¿Qué puede ocurrir?: Si hubiera un desfasaje menor entre cuota y salario ajustado, como el porcentaje de la cuota es solo un cuarto de los ingresos la incidencia es menor y si se tratara de un gran desfasaje, los bancos aplican mecanismos de disminución de monto, alargando los tiempos de pago. No debemos olvidar que el tomador del crédito, está aumentando fuertemente su patrimonio o el familiar y eso requiere un compromiso y que la indexación de la cuota es el mecanismo normal de todos los alquileres de viviendas.
Tal vez antes de solicitar el crédito deberíamos preguntarnos qué voluntad o deseo de contar con una vivienda propia tiene la persona o la familia y si ese deseo justifica contraer una deuda a largo plazo.