API sale a buscar 7 mil millones de pesos
Es la deuda de los contribuyentes santafesinos estimada por las autoridades del organismo. El plazo de adhesión es durante tres meses y hay diferentes planes de pagos.
La ley impositiva 2020 sancionada en diciembre último incluyó una moratoria fiscal con un plazo de adhesión de los contribuyentes morosos de 90 días (pueden llegar a ser 120) y diferentes planes de pagos. El titular de la Administración Provincial de Impuestos (API), Martín Avalos estimó que la deuda en la calle es de 7 mil millones de pesos, especialmente de grandes contribuyentes que presentaron sus respectivas declaraciones de Ingresos Brutos y en el Inmobiliario Urbano mayormente de aquellos propietarios de varias unidades.
“Es una moratoria amplia, abarca todos los impuestos provinciales y las mejoras no declaradas. Prevé una reducción de los intereses sobre deudas y planes de financiación. Contempla además una reducción de sanciones que es del 80% para la generalidad de los incumplimientos materiales y formales y del 50% para los agentes de retención que no depositaron esos montos, siempre y cuando hayan cumplido con los montos retenidos que no van a formar parte de la moratoria” precisó Avalos a El Litoral.
Precisó algunas de las ventajas que tendrá el contribuyente: la primera es la reducción importante de intereses a las deudas establecidas al 30 de noviembre de 2019, que es la fecha de corte estipulada en la ley. Además el beneficio en la forma de calcular los intereses ya que se toma el capital y se aplica el dos por ciento mensual, cuando el interés regular del API es del tres por ciento. También habrá opciones para el pago de la deuda. “Si se decide hacer el pago contado del total de la deuda se hace una reducción de los intereses del 70 por ciento, o se puede optar por financiaciones de 12, 24 o 36 cuotas, también con una quita en los intereses”.
Señaló que “el plan de regularización de deudas arranca este 3 de febrero y se extiende por tres meses, con la posibilidad de que el gobernador pueda, mediante un decreto, prolongarlo por 30 días más”. El trámite se puede hacer tanto en forma presencial en las oficinas de la API o en el portal web de la provincia.
Avalos detalló que la moratoria establecida en la ley “establece tres beneficios puntuales: uno para los cumplidores, que establece una reducción del diez por ciento para aquellos que hayan tenido al día el inmobiliario en los períodos 2017 y 2018; otro para pequeños productores agropecuarios, de hasta 50 hectáreas, la misma reducción, y la general, por adhesión al sistema de pago del débito automático”.
Hora de regularizar
– ¿Por qué se incluyó una moratoria en la ley de actualización tributaria?
– Primero por la situación general de toda la actividad económica y en especial de la ciudadanía. El fisco tiene una inmensa cantidad de deuda que hace que los contribuyentes en vez de tratar de reconducirla, se alejan más del organismo; buscan alternativas para permanecer por debajo del radar de la fiscalidad. Todas estas cuestiones hacen que necesitemos que todos los contribuyentes, con la mayor cantidad de facilidades posibles, pueda volver a tener una vida fiscal normal y racional. La moratoria además de la reducción de intereses y de la posibilidad de refinanciación accesible, establece reducciones de multas. Todo el régimen sancionatorio más los intereses hacen que la deuda se haga una bola por el incumplimiento fiscal que luego es difícil desactivar. Con reducción de sanciones, financiación razonable hace que muchos contribuyentes que quieren cumplir y que por alguna razón se atrasaron y quedaron afuera, puedan incluirse.
– ¿La deuda estimada a cobrar?
– Un análisis nos da una cifra aproximada a los 7 mil millones de pesos. Una parte importante es Inmobiliario pero paradójicamente vemos importantes niveles de incumplimiento en contribuyentes de alta capacidad contributiva. Hoy el cumplimiento del Impuesto Inmobiliario es 60% en Urbano y 69% en el Rural. Es una deuda estructural y nuestra meta es llegar a esos sectores, flexibilizar las condiciones para que vuelvan al sistema y paguen en función de su capacidad contributiva. Esta moratoria busca acercarnos a la gente, al contribuyente para que sepan que así como deben cumplir con organismos fiscales nacionales tienen que hacerlo con la provincia. Una vez reconducidos fiscalmente vamos a tener una política de cercanía.
– ¿El contribuyente tiene que ir a API o la API manda liquidaciones?
– Todos los contribuyentes pueden hacer el trámite por la web. Estamos hablando de contribuyentes que presentan declaraciones juradas de Ingresos Brutos diciendo que deben pagar por montos y no hacen; los hemos intimado para que paguen esas declaraciones propias y no incumplan. Además el que tiene dificultades para acceder a través de la web puede ir a las oficinas de API en toda la provincia donde se le va a liquidar la deuda con las distintas opciones.
– ¿Ustedes saben lo que adeuda cada uno?
– Por supuesto.
– ¿En Ingresos Brutos la deuda es importante?
– Sí, sí. Insisto con que en Inmobiliario la deuda principal es de contribuyentes con gran capacidad, con varias partidas y deben varios años de impuesto. En Ingresos Brutos es importante especialmente las declaraciones juradas realizadas y no pagadas; porcentaje alto de grandes contribuyentes que han presentado sus declaraciones y no las han pagado.
– Vencida la moratoria que harán…
– Estamos abocados a la moratoria. Vamos a capacitar al personal, estamos coordinando con los Consejos de Profesionales en Ciencias Económicas y organizando capacitaciones con intendentes y presidentes comunales en cinco ciudades: Rafaela, Reconquista, Venado Tuerto, Rosario y Santa Fe, para que ellos lleven adelante la gestión en sus territorios.
– Intendentes y presidentes comunales tienen buena parte de Patente e Inmobiliario
– En Patentes tiene el 90%, pero en Inmobiliario tienen un beneficio especial. Si adhieren (la mayoría lo hizo) lo que cobran por Inmobiliario el 60% va para los gobiernos locales y 40 para la provincia.
– ¿Y los Inmobiliarios y Patente 2020?
– Se terminó de emitir Patente y ya se les entregó a municipios y comunas para su reparto. Avanzamos ya con la emisión de Inmobiliarios y su distribución. En este mes se producirán los primeros vencimientos así como la posibilidad de pago contado con un descuento para aquellos contribuyentes que estén al día.
– ¿Mantendrán el Régimen Simplificado?
– Sí. Estamos desarrollando una serie de vinculaciones con AFIP -retomándolas porque se habían cortado- para llevar adelante distintos tipos de acciones conjuntas. Estamos evaluando con AFIP alternativas para declaraciones juradas conjuntas; distintos sistemas a utilizar, cruce de datos para que las partes sepamos lo que estamos haciendo, de las declaraciones juradas de contribuyentes, pero también con todo lo que tiene que ver con sistemas. Que nosotros podamos tener sistemas, accesibilidad a determinado tipo de información que hoy no lo tenemos. Esto agiliza, la información está pero el sistema de búsqueda se hace más lento. Queremos agilizar esto para que la administración provincial se modernice. Estamos tratando, incluso, de llevar adelante una mayor visibilización de la API, con presencia e imagen más amigable. Evaluamos como funcionan otros organismos recaudadores en la zona para estar a la altura de las circunstancias.
“Si se decide hacer el pago contado del total de la deuda se hace una reducción de los intereses del 70 por ciento, o se puede optar por financiaciones de 12, 24 o 36 cuotas, también con una quita en los intereses”.
Estabilidad tributaria para las pequeñas y medianas empresas
Avalos aseguró a El Litoral que la provincia cumple con la estabilidad fiscal para pymes. “Los compromisos asumidos al momento de la votación en la Cámara de Diputados se cumplieron”, señala en referencia a una nota enviada por el ministro Walter Agosto y que fue inserta en la versión taquigráfica de la sesión en que se votó la ley tributaria 2020. “Hay que analizar la ley, las resoluciones reglamentarias que hemos dictado e interpretarlas. Había resoluciones interpretativas que no eran necesarias dictar estrictamente y, tal vez, sin hacerlo un grupo de contribuyentes podía tener algún tipo de dudas. Buscamos el camino de la simplicidad y lo hicimos. Se deben analizar las distintas resoluciones en conjunto, como funcionan para ver si se está dentro de uno u otro ámbito de la tributación”.
Adelanta que API está preparando una capacitación especial respecto a estabilidad fiscal y el juego de las normas interpretativas dictadas. “Nuestro sistema tributario es muy complejo. Juegan el Código Fiscal, la Ley Impositiva del año, otras normas nacionales; normas provinciales que adhirieron a normas nacionales, la ley pymes. Es una conjunción de normas complejas”. Avalos asegura que API está dispuesta a viajar al interior a dictar los cursos que las cámaras empresarias consideren conveniente para trabajar en forma coordinada.
Intereses
Avalos destacó que para determinar la deuda se hará una reducción de los intereses. Ejemplo, el caso del capital y para liquidar la deuda al 30 de junio de 2019, para llevar la deuda y en vez de aplicar el interés común que hoy es del 3% mensual se aplica el 2% mensual. Se tiene la posibilidad de pagar al contado con un 70% de descuento de los intereses o bien en 12, 24 o 36 cuotas. En 12 cuotas la reducción es del 30% de los intereses y una financiación del 1,5% mensual; en 24 meses, un 15% de descuento de los intereses y la tasa es del 2% mensual y en 36 meses, la financiación es del 2,.5% mensual.
Perfil
Martín Avalos es abogado y su especialidad es el derecho tributario. Fue designado al frente de un organismo como API donde son mayoría los contadores o profesionales en Ciencias Económicas. Entiende que un abogado tiene visiones más flexibles que se suma a la visión más rígida de un contador. “Creo que es una conjunción positiva. Lo estoy viendo y sintiendo dentro del organismo donde tuve una recepción positiva de la planta permanente del organismo. API tiene 52 delegaciones, 700 empleados, gente capacitada, técnica. Es necesario la conjunción.”, acota.
Instrumentos y alcances
La ley 13.976 estableció las adecuaciones fiscales para el ejercicio fiscal 2020 e incluyó el régimen de regularización tributaria reglamentado por la resolución 011 de API.
El régimen que entrará en vigencia este lunes tiene un plazo de 90 días (4 de mayo) para adhesión aunque la ley dejó en manos del Poder Ejecutivo la posibilidad de prórroga por 30 días.
La moratoria incluye deudas de Ingresos Brutos, Inmobiliarios y mejoras, Sellos, Contribución de Mejoras, Actividades Hípicas, Patente, Tasa retributiva de servicios, Aportes al Instituto Becario, Embarcaciones deportivas o de recreación.
En cambio, están excluidos los contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales; agentes de recaudación del sistema Sircreb, por retenciones o percepciones practicadas o no así como agentes de retención y/o percepción por los importes retenidos o percibidos y no ingresados al fisco.