Amplia moratoria para las mipymes
El proyecto de ley de solidaridad y reactivación productiva propone un amplio plan de regularización de deudas impositivas y previsionales para micros, pequeñas y medianas empresas. Incluye quitas de intereses y multas de hasta 100 por ciento, a la vez que instrumenta planes de pago de 60 cuotas para compromisos de la seguridad social 120 cuotas para otras obligaciones.
Las deudas a incluir en la moratoria son las vencidas hasta el 30 de noviembre pasado. Los contribuyentes tienen plazo para inscribirse entre enero y abril de 2020. Deben presentar el certificado Mipyme correspondiente. De no tenerlo, pueden anotarse condicionalmente y luego presentarlo. Pueden ingresar los que estén en anteriores planes de refinanciación y las deudas emergentes de planes caducos.
Además de las micro, pequeñas y medianas empresas, también podrán acceder a la moratoria las entidades civiles sin fines de lucro, lo que supone un alivio para los clubes sociales y deportivos.
La regularización se producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal.
También dispone que la cancelación total de la deuda por compensación, de contado o mediante plan de facilidades de pago, producirá la extinción de la acción penal tributaria o aduanera, en la medida que no exista sentencia firme a la fecha de cancelación.
La tasa de interés será fija del 3 por ciento mensual durante los primeros 12 meses y luego será la tasa variable equivalente a Badlar utilizada por los bancos privados.
La primera cuota del plan vencerá como máximo el 16 de julio, según el tipo de contribuyente, deuda y plan de pagos adherido. No se tomará en cuenta para el plan la calificación de riesgo que posea el contribuyente ante la Afip.