Compra de dólares para ahorro: Ya se puede deducir de Ganancias
La AFIP incorporó en el formulario web el apartado para descargar el recargo por la compra de moneda para tenencia. Paso a paso, cómo realizar el trámite.
En primer término, para ingresar al Siradig a través de la página de internet de la AFIP (www.afip.gov.ar) es condición necesaria contar con clave fiscal de la AFIP.
El segundo paso, luego de cargar el CUIT y la clave personal que se obtuvo en la agencia de la AFIP correspondiente al domicilio personal, no el de la empresa, hay que abrir en la opción Siradig, la opción trabajador.
En ese punto, se despliega el formulario F572 Web, correspondiente al período fiscal 2014, donde aparece el CUIT del usuario y su nombre y el de quien lo represente, si se hiciera a través de un contador, junto a la dependencia AFIP que le corresponde por su domicilio y el agente de retención, con su CUIT y nombre de la empresa.
En esa ventana se incorporó en el punto 4 "Otras retenciones, percepciones y pago a cuenta" la opción "pago a cuenta – Resolución General AFIP 3583 de 2014 adquisición de moneda extranjera para tenencia de billetes extranjeros en el país". Se trata del cargo de 20% si se declara al momento de la compra autorizada desde el 27 de enero último que se mantendrá en una caja de ahorro bancaria ad hoc por un plazo mínimo de un año o del 35% si se retira al momento o antes de los 365 días de la adquisición.
En esta ventana se abre el apartado específico correspondiente al "pago a cuenta – adquisición de moneda extranjera para tenencia", donde se declara cada operación de compra de dólares, euros o reales por fecha, el agente de percepción, que es la entidad bancaria donde tiene cuenta de donde se debitó el monto de la operación, con su número de CUIT y nombre completo del banco. Se debe cargar nuevamente el monto comprado sujeto a percepción y el monto de la percepción del impuesto, junto con la fecha de pago de la percepción.
Antes de guardar los datos ingresados es recomendable chequear los datos y ante cualquier duda digitar "volver" y repetir los pasos descriptos previamente.
De este modo, en el aplicativo del Siradig, desde ayer la AFIP permite ingresar las retenciones, percepciones y pago a cuenta correspondiente no sólo al impuesto sobre créditos y débitos bancarios, percepciones y retenciones aduaneras, pago a cuenta Resolución General AFIP 3450 de 2013 (compras para turismo y cargos por consumos en el exterior con el uso de tarjetas de crédito y débito), sino también el pago a cuenta Resolución General 3583 de 2014, adquisición de moneda extranjera para tenencia de billetes extranjeros en el país.