Llegó el puerta a puerta a los vinos
Hace varios años (qué viejo que estoy), sonaba en todas las fiestas un tema de la agrupación La Mark, que no merece ninguna medalla ni por la letra ni por encanto musical, pero seguramente dejó a sus ejecutantes una buena moneda en el bolsillo por ser un ícono de algunos días de verano, para luego pasar a las profundidades del olvido y a desperdiciar un lugar que podría haber sido mejor aprovechado en la memoria de quien escribe. El título, la letra y el estribillo, todo en uno: quiero vino por favor.
Por Diego Dumont
Pero no sólo La Mark quería vino. Muchos mercados extranjeros demandan vino argentino por su reconocida calidad y precio competitivo. Sin embargo, al ser este un producto alimenticio, debe cumplir con algunos trámites para luego ser exportado que muchas veces hacen difícil a quienes se inician en el negocio, la inserción y el aprovechamiento de oportunidades.
Pero en febrero pasado se flexibilizó la exportación (y la importación) de pequeños volúmenes de vinos o mostos. Así lo indicó Resolución 28-E/2017 (Min. Agroindustria/INV), eximiendo del “Análisis de Exportación” o de la extracción de muestras por “Control Importación”, a algunas partidas de vinos y mostos previstas expresamente.
La norma favoreció a ciertos envíos como:
– Los que tramitan por la vía diplomática,
– Las muestras destinadas a ferias o eventos de promoción en envases de hasta 5 litros y cuya cantidad total no sea superior a 60 litros;
– Los envíos de carácter ocasional entre particulares y los realizados por turistas extranjeros, sin finalidad comercial (en envases de hasta 5 Litros y hasta 30 Litros en cantidad);
– Partidas con valor comercial de hasta 100 litros por producto;
– Partidas de vinos o mostos que egresen o ingresen para fines de experimentación científica o técnica (hasta 12 Litros y de hasta un máximo de 2 unidades de un mismo producto);
– Envíos de hasta 60 Litros que formen parte de los efectos personales de particulares con motivo de mudanza o traslado;
– Vinos destinados al consumo personal o familiar de los particulares que no excedan los 15 Litros por pasajero y que formen parte de su equipaje, y
– Muestras sin valor comercial que tengan como objeto concretar operaciones comerciales, hasta un volumen de 100 litros con un máximo de 18 litros de un mismo producto.
Como requisito obligatorio, todos los productos beneficiados deben contar con el correspondiente Análisis de Libre Circulación habilitado y en vigencia (aunque no es obligación ser aportada en envíos postales y por Courier). Por el lado de los importados, deben ingresar fraccionados y etiquetados y poseer un certificado de análisis extendido por laboratorio oficial o reconocido por las autoridades sanitarias del país de origen, donde conste su aptitud para el consumo, y si ingresan por la vía postal o Courier están exceptuados de la presentación de certificado de análisis.
Aunque la norma beneficia a exportaciones e importaciones, el foco debe estar sobre las primeras. En esta época de impulso de ventas argentinas al exterior, es un avance importante, que puede facilitar la presencia del vino nacional en nuevos mercados y ojalá nos salve de seguir recordando la “canción”. Nos vemos